Actualizado el viernes, septiembre 6, 2019
El Código de Trabajo, aprobado en 2013, establece en su artículo 40 que «los trabajadores tienen derecho a estudiar bajo el principio de utilizar su tiempo libre y a partir del esfuerzo personal, excepto los casos de especial interés estatal».
En conferencia de prensa, la doctora Aurora Fernández González, asesora del Ministro de Educación Superior (MES), al abundar sobre qué es capacitación, superación y posgrado de interés estatal, señaló que «son esas actividades que tributan a lograr niveles superiores de productividad, eficiencia y calidad en la producción y los servicios, cumpliendo los objetivos de la entidad… Todo lo que vaya a hacer que la entidad donde trabaje ese profesional mejore su rendimiento».