Empleo de las tecnologías de la información en la institución.

Como usuario de las tecnologías de la información en la entidad, usted debe conocer las siguientes obligaciones contempladas en la Resolución : 127/2007:

Compromiso para el empleo de las tecnologías de la informaciónDeclaro que conozco y asumo la responsabilidad en cuanto a la Seguridad Informática en el uso de las tecnologías de la información para el desempeño de mis funciones laborales, como se expresa en la Resolución 127/2007 del Ministerio de la Informática y las Comunicaciones.

Como usuario de las tecnologías de la información en la entidad, asumo las siguientes obligaciones:

  1. Hacer uso de las tecnologías y sus servicios en interés de las funciones de mi cargo.
  2. Responder por el uso de las cuentas que me han asignado y cumplir con la política establecida para la gestión de identificadores y claves de acceso.
  3. Utilizar solamente los servicios establecidos y de la forma en que los mismos han sido configurados.
  4. No utilizar el correo electrónico e Internet para transmitir, acceder, o difundir información pornográfica, terrorista, contrarrevolucionaria, o en general con fines lesivos a los intereses de la sociedad, de la institución o de terceros.
  5. No utilizar las tecnologías de la información  con fines lucrativos o de carácter personal.
  6. No identificarme ante otras Instituciones para recibir algún servicio a nombre de la Oficina sin una autorización expresa para ello.
  7. Abstenerme de realizar cualquier tipo de acciones de comprobación de redes sin autorización, así como el envío o reenvío de mensajes masivos con información intrascendente, de supuestos alertas, cartas cadenas, etc.
  8. No acceder a servidores externos desde máquinas utilizadas para el trabajo propio de la Oficina ni procesar o conservar información interna en terminales previstas para el acceso a Internet.
  9. No enviar a través de Internet o del correo electrónico documentos clasificados o de uso interno de la institución.
  10. De ser necesario descargar programas ejecutables existentes en Internet, aplicar los procedimientos establecidos.
  11. Cumplir las políticas establecidas en la institución para la protección antivirus.
  12. Informar de inmediato a al nodo la recepción de mensajes no demandados o que ocasionen molestias, así como mensajes contrarrevolucionarios, que no guarden relación con las actividades que desarrolla la institución
  13. Cumplir las regulaciones establecidas para el empleo de las redes informáticas.
  14. Adquirir la preparación necesaria y los conocimientos de Seguridad Informática imprescindibles para el desempeño de su trabajo.
  15. Contar con la autorización expresa del jefe facultado, para obtener acceso a cualquier activo o recurso.
  16. Utilizar las tecnologías de información solo en interés de la Entidad.
  17. No intentar transgredir ninguna de las medidas de seguridad establecidas.
  18. Proteger las tecnologías o la terminal de red que le ha sido asignada y colaborar en la protección de cualquier otra, para evitar que sea robada o dañada, usada la información que contiene o utilizado el sistema al que esté conectada.
  19. No introducir ni utilizar en las tecnologías ningún producto ni modificar la configuración de las mismas, sin la correspondiente autorización del jefe facultado.
  20. Conocer la clasificación de los activos de información que maneja.
  21. No divulgar información clasificada o limitada sin la autorización del dirigente facultado.
  22. Cumplir las reglas establecidas para el empleo de las contraseñas.
  23. Informar al dirigente facultado de cualquier anomalía de seguridad detectada.

Conozco que la Dirección de la OSRI está facultada para supervisar el empleo que yo le doy a las tecnologías y servicios y que puedo ser sancionado por incumplir lo establecido al respecto o cualquiera de las regulaciones vigentes.